Mejorar el aislamiento, cambiar las ventanas o renovar la instalación térmica de una vivienda reduce su consumo de energía, y en los últimos años ha contado con ayudas públicas. En 2026 el panorama ha cambiado: algunas líneas se han cerrado y otras se han prorrogado. Este resumen recoge la situación a fecha de octubre de 2026.

Las ayudas europeas a la rehabilitación residencial

Cantabria convocó en 2022 las ayudas a la rehabilitación residencial financiadas con los fondos europeos Next Generation (programas 1 a 5 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia). Según la web de Vivienda de Cantabria, esa convocatoria está cerrada: las solicitudes de los programas 3, 4 y 5 podían presentarse hasta el 31 de diciembre de 2023 y las actuaciones debían terminarse antes del 30 de junio de 2026.

La sede electrónica del Gobierno de Cantabria mantiene la ficha de las ayudas al fomento de la eficiencia energética en viviendas, pero en octubre de 2026 indica que no existen convocatorias vigentes. Las nuevas convocatorias se publican en el Boletín Oficial de Cantabria y en la propia sede, así que conviene revisarlas antes de plantear una obra contando con una subvención.

Las deducciones del IRPF, prorrogadas

La vía que sigue abierta es la fiscal. La Ley del IRPF recoge tres deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, que el Real Decreto-ley 7/2026 ha prorrogado según la información publicada por la Agencia Tributaria:

  • Un 20 % de lo invertido, con una base máxima de 5.000 euros al año, por obras en la vivienda habitual, o en una vivienda alquilada o que se vaya a alquilar, que reduzcan al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración. Las obras deben hacerse hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Un 40 %, con una base máxima de 7.500 euros al año, por obras que reduzcan al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o que lleven la calificación energética a la letra A o B. El plazo es el mismo: hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Un 60 %, con una base máxima de 5.000 euros al año y 15.000 euros acumulados, por obras de mejora del conjunto de un edificio de uso predominantemente residencial que alcancen esos mismos objetivos. En este caso el plazo llega hasta el 31 de diciembre de 2027.

El certificado energético, imprescindible

La mejora se acredita con el certificado de eficiencia energética que expide un técnico competente. Según la Agencia Tributaria, para las deducciones del 20 % y del 40 % el certificado debe expedirse antes del 1 de enero de 2027, y para la del 60 %, antes del 1 de enero de 2028. Como varias deducciones exigen demostrar una reducción concreta, conviene encargar también un certificado antes de empezar: es el que permite comparar el antes y el después.

Antes de empezar

  • Comprueba en la sede de la Agencia Tributaria las condiciones exactas de cada deducción y si tu caso encaja.
  • Pide un certificado de eficiencia energética previo a la obra.
  • Paga por transferencia, tarjeta o cheque y guarda las facturas: los pagos en efectivo no dan derecho a la deducción.
  • Revisa el Boletín Oficial de Cantabria y la sede del Gobierno de Cantabria por si se abre una nueva convocatoria de ayudas.

La normativa fiscal cambia con frecuencia. Este artículo resume la información publicada a fecha de octubre de 2026 y no sustituye el asesoramiento de un asesor fiscal.