Elegir constructora es la decisión que más condiciona una obra: de ella dependen el plazo, el coste final y, sobre todo, cómo queda lo que no se ve. Comparar solo el precio de varios presupuestos es el error más frecuente. Esta lista reúne lo que conviene comprobar antes de firmar, con la normativa que lo respalda.
1. Que esté inscrita en el Registro de Empresas Acreditadas
La Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, exige que las empresas que van a ser contratadas o subcontratadas para trabajar en una obra estén inscritas en el Registro de Empresas Acreditadas (REA). Lo gestiona la autoridad laboral de la comunidad autónoma donde la empresa tiene su domicilio social, la inscripción vale para toda España y sus datos son públicos. Pedir el número de inscripción es una comprobación sencilla que dice mucho.
2. Qué garantías cubren la obra
La Ley de Ordenación de la Edificación fija qué responde cada agente y durante cuánto tiempo: diez años por los daños que afectan a la estructura, tres por los que afectan a la habitabilidad y uno, a cargo del constructor, por los defectos de acabado. En obra nueva de vivienda, además, es obligatorio el seguro decenal. Lo explicamos con detalle en qué cubren las garantías de una obra.
3. Un presupuesto por partidas, no una cifra cerrada
Un buen presupuesto desglosa la obra en partidas con su medición y su precio: demoliciones, albañilería, instalaciones, carpinterías, acabados. Así se pueden comparar ofertas de verdad y se sabe qué queda fuera. Conviene que diga también qué materiales se usarán, qué no está incluido (tasas, licencias, mobiliario) y cómo se pagará.
4. Un contrato que recoja plazos, pagos y cambios
El contrato debe identificar la obra y el presupuesto aceptado, la fecha de inicio y el plazo, el calendario de pagos ligado al avance de los trabajos y cómo se aprueban y valoran los cambios que surjan. Los imprevistos aparecen sobre todo en rehabilitación: lo importante es que el procedimiento para resolverlos esté escrito antes.
5. Quién se encarga de los permisos
Según el tipo de obra hará falta licencia, declaración responsable o una simple comunicación al ayuntamiento. Aclara quién la tramita y que la obra no empieza sin ella. Si tienes dudas sobre qué necesita tu caso, lo resumimos en licencia de obra o declaración responsable en Cantabria.
6. Cómo se organiza la seguridad
El Real Decreto 1627/1997 obliga a que cada obra cuente con un estudio de seguridad y salud, o con un estudio básico en las obras pequeñas, y a que el contratista lo concrete en un plan de seguridad antes de empezar. Si en la obra trabajan varias empresas o autónomos, el promotor debe designar un coordinador de seguridad durante la ejecución. Una constructora seria lo explica sin que haya que preguntarlo.
7. Experiencia comprobable en obras parecidas
Pide ver trabajos terminados del mismo tipo que el tuyo: no es lo mismo una obra nueva que rehabilitar un edificio con cien años. Las fotos de obra en curso, no solo las del resultado, enseñan cómo se trabaja: orden, protecciones, ejecución de lo que luego queda oculto.
8. Quién estará al frente
La ley obliga al constructor a designar un jefe de obra con la capacitación adecuada. Saber desde el principio quién es y cómo hablar con él evita la mitad de los malentendidos de una obra.
Si estás comparando presupuestos y quieres que revisemos tu caso, escríbenos.